Partidos deberán incluir una fórmula migrante en las listas de representación proporcional

Mar 5, 2021

* Se acata así la sentencia del TEPJF que contempla que los partidos modifiquen sus cinco listas de candidaturas al Congreso Federal. Las personas migrantes deberán figurar en los primeros 10 lugares de cada listado, respetando el principio de paridad

El Instituto Nacional Electoral (INE), en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó los Criterios Aplicables para el Registro de Candidaturas a Diputaciones por ambos principios que presenten los Partidos Políticos Nacionales y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2020-2021, para incluir una fórmula de candidaturas migrantes en los primeros 10 lugares.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, mencionó que cambiar las reglas del juego una vez que éste ha iniciado va en contra del principio de certeza al que están obligadas todas las autoridades electorales, por más que se quiera maximizar derechos.

“El problema no son los qués , yo coincido con la maximización del derecho, el problema son los cómos y creo que no están maximizándose los derechos de la mejor manera, sobre todo por las contradicciones y los absurdos conceptuales que esta decisión está trayendo consigo”.

La representación democrática -agregó Córdova- está sustentada en el voto y hoy estamos dándole representación a representantes de una comunidad que no los puede votar.

“El absurdo es todavía mayor, va a haber representantes de migrantes y qué bueno que los haya, nada más que no los van a votar los migrantes, ningún migrante va a poder votar por sus representantes, los vamos a votar los que no somos migrantes”.

Esto se puede resolver de manera muy sencilla, indicó el Consejero Presidente, dándole el derecho a los migrantes para votar por representantes también en la elección de diputados, pero la Constitución no lo prevé. “Hicimos las cosas al revés, y la maximización de derechos, para que efectivamente sea tal, tiene que ser congruente, no es maximizar derechos por maximizar derechos, porque podemos provocarle al sistema democrático un daño que puede acabar provocando que esa maximización de derechos termine posponiéndose indefinidamente”.

Por su parte, la Consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del INE, señaló que, si bien la sentencia y la medida sin duda llega tarde en este proceso electoral, también se debe reconocer la importancia de las y los mexicanos residentes en el exterior y la necesidad de integrarlos en la vida pública del país, además de que es un mandato derivado de diversos instrumentos internacionales.

“Es momento de caminar más lejos en los derechos políticos y electorales de las y los migrantes. Sin duda, además, se requieren reformas al marco electoral que faculte esta participación. Es momento de transitar ya a una representación en el Congreso de la Unión para las y los migrantes, es decir, establecer diputaciones migrantes”.

La Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, explicó que es importante dar cauce a los derechos de las personas para hacer viable su ejercicio. Indicó que los partidos tienen razón en cuanto a la tardanza de la medida; sin embargo, ellos han sido omisos durante 10 años para legislar al respecto.

“Los partidos políticos, sus militantes son los que integran la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, ellos son el conducto por el que llegan nuestros representantes populares y la pregunta es, a 10 años de una reforma pro derechos humanos, el artículo 1° constitucional, ¿qué han hecho nuestros representantes?”, cuestionó.

Los mexicanos residentes en el exterior tienen derecho al voto en las elecciones federales para la Presidencia y el Senado, no para la Cámara de Diputados. Por lo mismo es que no hay Lista ​Nominal en el exterior para las elecciones a la Cámara, así el Tribunal mandata que haya representantes sin votantes, expresó el Consejero Ciro Murayama.

“De esta forma, habrá ciudadanos con derecho a ser votados, pero sin derecho al voto; búsquese ejemplos, casos en el mundo entero y dudo que se encuentre tal excepcionalidad, no hay derecho al voto, pero sí a la representación”.

Bienvenida la expansión de derechos de los migrantes, agregó Murayama, pero es una decisión de la soberanía reflejada en el Congreso. “Hágase bien, no de forma tardía, ni invadiendo facultades de otros poderes”.

La Consejera Dania Ravel argumentó que la adopción de esta medida ordenada por la Sala Superior contradice otras que el mismo órgano ha tomado previamente en materia de inclusión de acciones afirmativas.

Anteriormente, la Sala Superior estableció que en caso de que se pretendieran adoptar medidas afirmativas adicionales a las establecidas en la legislación, el momento idóneo para implementar este tipo de acciones, en el caso de las autoridades administrativas electorales, es previo al inicio del proceso electoral o del desarrollo de los procedimientos de selección de candidaturas, disposición que el propio TEPJF no ha considerado.