INE resuelve trece procedimientos de medidas cautelares por improcedentes

Dic 26, 2023
  • Sin embargo, en relación a la contratación de cuatro personas para supervisor electoral y asistente de electoral, fueron desechados porque forman parte del PRD, por lo tanto se les impide continuar con el procedimiento de reclutamiento

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, 12 medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y ciudadanos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de la pauta y vulneración al interés superior del menor, así como una medida cautelar oficiosa relacionada con los principios de imparcialidad e independencia.

En la medida cautelar oficiosa se suspende procedimiento de contratación de cuatro personas para el cargo de Supervisor/a Electoral y/o Capacitador/a Asistente Electoral. El colegiado determinó como procedente el dictado de una medida cautelar en contra de cuatro personas aspirantes al cargo de Supervisor/a Electoral y/o Capacitador/a Asistente Electoral, porque el partido político exhibió los expedientes electrónicos de las afiliaciones respectivas que los podrían acreditar como militantes del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en los que se advierten las firmas correspondientes que acreditan su consentimiento para pertenecer a sus filas.

Por lo anterior, se les impide continuar con el procedimiento de reclutamiento y contratación respectivo, hasta en tanto se resuelva en definitiva el fondo de este procedimiento. Dos asuntos sobre publicaciones de evento en Nuevo León, así como en perfiles de Instagram de Xóchitl Gálvez e integrantes de la Coalición Frente Amplio por México, preliminarmente, no configuran actos anticipados de campaña.

El partido Movimiento Ciudadano (MC) realizó denuncias en contra de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, los partidos integrantes de la Coalición Frente Amplio por México y dirigentes estatales en Nuevo León. En el primer asunto denuncian la realización de eventos en los municipios de San Nicolás, Escobedo y Apodaca en los que, a juicio de los denunciantes, se hizo entrega de propaganda electoral que trascendió a la ciudadanía y que no identifica que va dirigido a simpatizantes y militantes de la Coalición “Frente por México”; así como su réplica en el periódico digital “El Norte” y su difusión en la cuenta de Instagram de la Dirigente Estatal del PRD en dicho estado.

El segundo asunto deriva de diversas publicaciones en cuentas oficiales de Instagram de los denunciados, pues a decir del quejoso, promueven de manera anticipada propuestas de campaña. La Comisión concluyó como improcedente ordenar la eliminación de las publicaciones, pues de un análisis preliminar, no se advierte que se hagan llamados de forma expresa al voto y se posicione a favor o en contra de opciones políticas, por lo que las manifestaciones referidas se consideran genéricas, lo que, en principio, están amparadas por la libertad de expresión.

En cuanto a las publicaciones en Instagram, además, requieren de un acto de voluntad para su consulta. Por cuanto hace a las publicaciones y notas informativas difundidas por el medio de comunicación, se considera que las mismas forman parte del quehacer periodístico. De igual forma se negó la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, es decir, no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá.

Spots de Movimiento ciudadano, preliminarmente, no configuran actos anticipados de campaña El Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció a Movimiento Ciudadano (MC), por la difusión del promocional denominado MICHELLE FOSFO FOSFO, en sus versiones para radio y televisión, pues a decir del quejoso, dichos materiales carecen de la identificación visual y auditiva para el público al que se dirigen y contienen diversas afirmaciones relacionadas con la elección de 2024.