INE otorga medida cautelar solicitada en contra de diversas publicaciones del PAN en redes

Oct 26, 2022

Redacción

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció de tres solicitudes de medidas cautelares: dos presentadas por el partido Morena y una por el Partido Acción Nacional (PAN). En todos los casos se denunciaron presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con miras al Proceso Electoral Federal 2024.

El INE hace un llamado al PAN para que ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales

La Comisión de Quejas y Denuncias determinó procedente la medida cautelar solicitada por Morena en contra del PAN con motivo de la difusión en redes sociales y en su página internet del evento denominado Cambiemos México ¡Si hay de otra!, celebrado el 2 de octubre de 2022 en la Ciudad de México, en el cual participaron diversas personas servidoras públicas federales y locales postuladas por ese instituto político y en el que se hicieron diversas manifestaciones en relación con la elección federal a celebrarse en 2024.

En congruencia con la medida cautelar ACQyD-INE-170/2022 otorgada el pasado 21 de octubre, en la que declaró procedente el dictado de medidas cautelares respecto de los promocionales SI HAY DE OTRA, en su versión para radio y televisión y bajo la apariencia del buen derecho, la Comisión estimó que se deben retirar aquellas publicaciones en las que se haga un llamado o referencia a las elecciones federales de 2024.

Por cuanto a la denuncia del uso de recursos públicos, la Comisión no puede pronunciarse, sino que será la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Respecto a la tutela preventiva solicitada, se estimó improcedente, pues se trata de hechos futuros de realización incierta ya que, bajo la apariencia del buen derecho, no existe una evidencia de que el PAN tenga planeado celebrar un evento de la misma naturaleza al denunciado.

No obstante, se consideró prudente emitir un pronunciamiento cuyos destinatarios son el PAN y diversas personas, para que en todo tiempo ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcándole la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no afectar en la equidad en la contienda, respetando los tiempos establecidos por la ley en materia de campañas y precampañas.

Además niega INE medidas cautelares al PAN por dos eventos proselitistas en Baja California

La Comisión negó la medida cautelar solicitada por el PAN en contra de Armando Ayala Robles, Presidente Municipal de Ensenada, Baja California; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputado federal, y quien resulte responsable, derivado de la realización de dos eventos proselitistas celebrados el 9 de octubre en el lobby del Ayuntamiento y en la colonia Oaxaca-Maneadero, en Ensenada, Baja California, así como su difusión en redes sociales.

El colegiado determinó improcedente la solicitud, al considerar que no se actualizan los elementos de urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora para el dictado de una medida cautelar, si se toma en cuenta que, la posible afectación, incidencia o daño que alega el quejoso se materializaría o concretaría en un proceso electoral futuro cuyo inicio es temporalmente lejano; por lo que, la decisión acerca de la validez o no de las conductas denunciadas será objeto de pronunciamiento de fondo por parte de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.