Emite el Instituto Nacional Electoral Lineamientos para Revocación de Mandato: Córdova

Ago 29, 2021
  • La instalación de 161 mil casillas, voto de las y los mexicanos desde el exterior por la vía electrónica y el uso de prerrogativas de los partidos en Radio y TV para emitir su postura sobre la Revocación de Mandato, son algunos elementos que contienen los lineamientos

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos para la organización de la Revocación de Mandato que, en 2019, se incluyó en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como un derecho de la ciudadanía.

Las normas aprobadas dan certeza a la ciudadanía y a los actores políticos sobre la forma en que la autoridad electoral cumplirá con sus atribuciones establecidas en la Constitución, la cual establece que será el Instituto quien deberá convocar a una eventual Revocación de Mandato a petición de la ciudadanía, en un número equivalente, al menos, a 3 por ciento de los inscritos en la Lista Nominal de Electores.

En estos lineamientos se establecen directrices que dan claridad sobre las acciones que realizará el INE en materia de organización e integración de las mesas directivas de casilla, difusión, documentación, escrutinio y cómputo de los resultados. Asimismo, incluye reglas para la observación, atención de visitantes extranjeros y el papel de los partidos políticos en este ejercicio.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, aclaró que los lineamientos aprobados tienen tres propósitos: primero, subsanar un incumplimiento del Poder Legislativo, que a la fecha no ha emitido una ley que dé claridad sobre los procedimientos a seguir en la Revocación de Mandato; segundo, fundamentar la solicitud de los recursos presupuestales correspondientes para llevar a cabo dicho ejercicio.

En tercer lugar -añadió- los lineamientos buscan brindar certeza a la ciudadanía, a partidos y a los actores políticos sobre los procedimientos, plazos y competencias de cada actor en este ejercicio de democracia directa. Lorenzo Córdova explicó que el INE tiene conocimiento de que hay avances en el Congreso de la Unión en la elaboración de la Ley Federal de Revocación de Mandato, incluso propuestas de dictamen sobre ella.

“En este sentido, las consejeras y consejeros electorales reiteramos nuestra disposición para adecuar nuestros lineamientos para que sean compatibles con la Ley que, en su caso, sea aprobada en el Congreso. Para decirlo en una nuez: el INE no pretende legislar ni sustituir al Congreso en sus facultades y atribuciones constitucionales”, indicó.

Al manifestar su voto a favor de los lineamientos, la Consejera Norma De la Cruz destacó la pertinencia de la realización de los ejercicios de la democracia directa, los cuales deben convertirse en algo común y periódico en nuestra sociedad.

“Normalizar estos ejercicios de evaluación a los gobiernos daría como fruto una sociedad más crítica e informada, comprometida a exigir cuentas claras y transparentes a su gobierno y a sus representantes. Y, por otro lado, obligaría a desempeñar la labor de todas y todos los funcionarios públicos de mejor manera a sabiendas que, de no hacerlo, se nos puede exigir nuestra renuncia.”

La Consejera Dania Ravel expuso que la Revocación de Mandato es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la Presidencia de la República a partir de la pérdida de confianza.

“La Revocación del Mandato es un ejercicio sustentado en la decisión popular cuando las y los ciudadanos consideren que se ha perdido la confianza en la persona en la que recae el Poder Ejecutivo Federal”, estableció.

Recordó que el Poder Legislativo en la reforma constitucional de 2019 estableció la obligación de la emisión de una ley reglamentaria dentro de los 180 días siguientes a la publicación del decreto, en la cual se debería desarrollar con toda claridad las etapas y procedimientos para la organización de este proceso, lo cual no ha ocurrido a la fecha.

“Aun y cuando no haya ley, nosotros debemos trabajar; en caso contrario, se podría generar una afectación a los derechos de la ciudadanía a participar en el proceso de Revocación de Mandato”, dijo.

La Consejera Carla Humphrey explicó la ruta legal a seguir para la realización de un ejercicio de Revocación de Mandato, en la cual se sustenta la aprobación de estos lineamientos.

Indicó que el artículo 4° transitorio de la reforma de 2019 precisó que, en caso de solicitarse el proceso de Revocación de Mandato del Presidente electo para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021 y la petición deberá presentarse dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre.

En el supuesto de que la solicitud sea procedente, el INE deberá emitir la convocatoria dentro de los 20 días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de esta solicitud y la jornada de votación será a los 60 días de expedida la convocatoria. “De ahí la necesidad para el INE de comenzar con los trabajos preparativos desde ahora”.